Cartas: Sobre la Homeopatía
Fecha Jueves, 28 enero a las 14:11:49 Tema Noticias
· Si desea adherirse a esta carta, pulse AQUÍA la Comisión de Sanidad del Congreso de los DiputadosEl pasado 28 de septiembre, la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley mediante la cual se insta al Gobierno para que adopte las medidas oportunas para que la homeopatía se realice exclusivamente por licenciados en medicina y cirugía. La proposición insta igualmente a que los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica se dispensen en las oficinas de farmacia. Solicitamos, con el presente escrito, que se reconsidere dicha proposición, teniendo en cuenta que la homeopatía no ha demostrado su efectividad. El pasado 28 de septiembre, la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley mediante la cual se insta al Gobierno para que adopte las medidas oportunas para que la homeopatía se realice exclusivamente por licenciados en medicina y cirugía. La proposición insta igualmente a que los medicamentos homeopáticos con indicación terapéutica se dispensen en las oficinas de farmacia. Dejando a un lado sus componentes puramente místicos, como la consideración de la enfermedad como un "desequilibrio" de una imaginaria "fuerza vital", la homeopatía se basa en dos principios fundamentales, el de la curación por los similares ("similia similibus curantur") y el de la dilución infinitesimal como forma de potenciar estos supuestos efectos curativos. Ambos principios carecen de fundamento alguno. No existe ninguna evidencia química, física o biológica que permita afirmar como regla general que "lo similar cura a lo similar", máxime cuando esta supuesta similitud, clave de la homeopatía, no pasa de ser una mera apariencia. Así, por ejemplo, la abeja común se emplea como base para preparar un remedio contra la fiebre, las hinchazones o los dolores agudos ("apis mellifica") sencillamente porque la picadura de este insecto provoca esos síntomas, pero sin tener en cuenta que en la mayoría de los casos tendrán su causa en patologías completamente distintas. Otro extremo aún más estrafalario, pero perfectamente coherente con los principios de la homeopatía, es el uso de fragmentos procedentes del Muro de Berlín para la elaboración de un remedio contra "la sensación de opresión sentida desde la niñez" o "la sensación de no poder escapar de algún sitio". Se trata, en definitiva, de echarle imaginación a la hora de encontrar parecidos entre los síntomas causados por una sustancia y los que presenta el paciente, sin tener en cuenta la verdadera patología de éste.
Por su parte, el principio de la dilución infinitesimal es igualmente absurdo. Para la homeopatía, cuanto mayor sea la dilución de una sustancia más potente será su efecto curativo (pero no sus eventuales efectos adversos), hasta el punto de que existen en el mercado diluciones homeopáticas en las cuales ya no queda ni una sola molécula de la preparación inicial. Por poner un ejemplo típico, para la preparación de "Árnica 30C" se parte de una tintura a base de agua de la que se diluye una parte en noventa y nueve de agua; se obtiene una porción de esa mezcla y se vuelve a diluir en otras noventa y nueve de agua, y así hasta treinta veces. Sin embargo, en diluciones mayores de 12C ya no queda ni una sola molécula de la tintura original, y la posibilidad de encontrar una molécula de árnica en el preparado a 30C es menor que la de ganar el pleno de la lotería primitiva cinco veces seguidas.
Ante estos hechos, la única justificación que esgrimen los partidarios de la homeopatía es que "funciona". Sin embargo, en sus dos siglos de existencia la homeopatía no ha demostrado tener eficacia curativa. Es cierto que algunos estudios clínicos y, sobre todo, las valoraciones subjetivas de los practicantes y pacientes, parecen avalar la efectividad de esta terapia. Sin embargo, cuando se realizan controles y ensayos rigurosos esa supuesta efectividad desaparece, y la homeopatía obtiene los mismos resultados que cualquier otro placebo.
Compartimos las buenas intenciones de la Comisión de Sanidad, pero creemos que sus argumentos son erróneos. Es cierto que la homeopatía goza de una cierta popularidad, pero también la tienen la astrología, el tarot o la creencia en el mal de ojo, a pesar de lo cual estamos seguros de que Sus Señorías no considerarían necesario ni conveniente otorgarles el respaldo de la Comisión. Por otra parte, también es cierto que la práctica de la homeopatía lleva a menudo a diagnósticos erróneos o a la sustitución de tratamientos médicos reales por otros totalmente ineficaces; sin embargo, este problema no se debe a la formación de quienes la practican, sino a la propia homeopatía, con sus concepciones absurdas de la enfermedad y su tratamiento. Por lo tanto, difícilmente puede solucionarse este problema confiando el ejercicio de la homeopatía a los médicos, porque estos también tendrán que partir de esas concepciones absurdas, y porque los tratamientos homeopáticos seguirán siendo igual de ineficaces los prescriba quien los prescriba. Por el contrario, la solución adoptada puede ser incluso contraproducente, al dar una apariencia de respetabilidad científica a lo que no es más que una creencia sin fundamento real alguno.
Por último, consideramos que la solicitud para que la venta de productos homeopáticos con indicación terapéutica se reserve a las farmacias es de escasa o nula trascendencia práctica. La Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y la Directiva Europea 2001/83/CE (modificada por la Directiva 2004/27/CE) reserva esta calificación para aquellos productos homeopáticos que se sometan al régimen general de autorización de los medicamentos, que incluye la necesaria acreditación de su eficacia terapéutica. No es extraño, por tanto, que los fabricantes homeopáticos prefieran acogerse al régimen de registro simplificado para los productos homeopáticos sin indicación terapéutica aprobada, que les exime de demostrar que realmente sirvan para algo. Por otro lado, actualmente el mercado homeopático opera en su mayoría al margen de la legislación vigente, y muchos productos se venden sin cumplir los requisitos establecidos por la Ley o incluso por el ya derogado Real Decreto 2208/1994, lo que ha dado lugar incluso a la retirada del mercado de algunos productos a causa de alertas sanitarias por efectos adversos.
Coincidiendo con la aprobación de la proposición no de ley en nuestra Comisión de Sanidad, la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de los Comunes del Parlamento Británico acometió la evaluación de las evidencias existentes a favor de la efectividad de la homeopatía. En el curso de los trabajos, las organizaciones científicas, médicas y farmacéuticas británicas manifestaron unánimemente que no existían evidencias sólidas que permitieran suponer que la homeopatía sea realmente efectiva. En el mismo sentido se pronunció incluso el representante de la firma Boots, la primera cadena de farmacia y parafarmacia del Reino Unido y el principal vendedor de productos homeopáticos del país. Creemos que es un camino mucho más lógico y coherente con la función parlamentaria de velar por el bienestar y la salud de los ciudadanos, que exige evaluar la efectividad de una terapia con carácter previo a darle ningún tipo de apoyo explícito o implícito, y plasmar en la acción política y legislativa los resultados de esa evaluación, por impopulares que pudieran resultar.
Por todo ello
SOLICITAMOS A LA COMISIÓN DE SANIDAD DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:
1.- Que reconsidere la proposición no de Ley aprobada el 29 de septiembre de 2009, por la cual insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para que el ejercicio de la homeopatía se realice exclusivamente por licenciados en medicina y cirugía, acordando la retirada de la misma hasta tanto no obtenga constancia suficiente de la eficacia terapéutica de la misma.
2.- Que realice una evaluación completa y adecuada de la evidencia existente o no en favor de la eficacia terapéutica de la homeopatía, contando con el criterio de instituciones, asociaciones y entidades científicas de ámbito nacional e internacional y reconocido prestigio.
3.- Que en el caso de que los resultados de dicha evaluación sean negativos, proponga las modificaciones legislativas e inste las actuaciones políticas necesarias para informar de los mismos a los ciudadanos, así como para proteger su legítimo derecho a una atención médica y sanitaria de calidad y basada en principios científicos de probada validez.
4.- Que inste a los órganos competentes del Ministerio de Sanidad, y en especial a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para que en cumplimiento de la legislación vigente extreme la vigilancia sobre el mercado de productos homeopáticos, retirando aquellos que no cumplan con los requisitos de autorización, indicaciones o ausencia de las mismas, composición, etiquetado y cualesquiera otras legal y reglamentariamente establecidas.
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